Condiciones generales de suministro y prestación

Krapf & Lex Nachf. Verkehrstechnik GmbH & Co. KG

Son válidas exclusivamente las siguientes condiciones, también en el futuro, para todos los suministros y prestaciones (en adelante denominados sólo «suministros») siempre que no se estipule otra cosa por escrito. Las condiciones de contrato del cliente sólo son válidas siempre que las aprobemos por escrito.

1. OFERTAS

Nuestras ofertas no son vinculantes. Los contratos sólo se concluyen tras la confirmación del pedido por escrito o bien tras la entrega. Nuestros empleados no están autorizados a realizar acuerdos complementarios orales o promesas que sobrepasen el contenido del contrato escrito o que modifiquen estas condiciones generales de suministro y prestación en perjuicio para nosotros. Los datos técnicos, las imágenes, los dibujos, las indicaciones de peso y las cotas pertenecientes a la oferta sólo son vinculantes si ello se confirma por escrito. Nos reservamos el derecho sobre las modificaciones constructivas. El cliente debe comprobar la aplicabilidad de nuestra mercancía bajo su propia responsabilidad.

2. PLAZO DE ENTREGA

El plazo de entrega comienza al ser enviada la confirmación del pedido, sin embargo, no antes de la aclaración de todos los detalles sobre la ejecución del pedido así como la recepción de los documentos y autorizaciones que ha de aportar el cliente, así como una cuota inicial acordada. El plazo de entrega se da por cumplido si se ha puesto a disposición la mercancía en el centro respectivo o se ha comunicado la disponibilidad para el envío hasta el vencimiento del plazo. Los deseos de modificación del cliente prolongan el plazo de entrega de forma razonable hasta que hayamos comprobado su factibilidad y el espacio de tiempo que es necesario para la aplicación de las nuevas disposiciones en la producción. En caso de demora de entrega, nuestra responsabilidad, en el caso de que nosotros, nuestros representantes legales o nuestros auxiliares ejecutivos hayan actuado con negligencia simple, está limitada a un máximo del 0,5 % por semana concluida y en total un máximo del 5 % del valor del pedido suministrado con demora. El derecho a indemnización en vez de la prestación permanece inalterado según el punto 12.

3. FUERZA MAYOR

Los eventos imprevistos, inevitables o que estén fuera de nuestro control (por ejemplo, en particular fuerza mayor, huelgas, bloqueos, interrupciones del servicio, dificultades en el suministro de materiales y en el suministro energético, demoras en el transporte, medidas de cuerpos administrativos así como obstáculos debidos a normas nacionales o internacionales, así como dificultades en la adquisición de autorizaciones, especialmente en licencias de importación y exportación) prolongan el plazo de suministro en consecuencia en función de la perturbación y sus efectos. Esto es válido también si las dificultades le sobrevienen a nuestros presuministradores o surgen durante una demora ya existente. Si la dificultad no fuese únicamente temporal, estamos autorizados a rescindir el contrato. Si al cliente le resulta inaceptable la recepción de la entrega debido a la demora, podrá rescindir el contrato tras comunicárnoslo por escrito. En los casos expuestos en el apartado citado queda excluido cualquier derecho a indemnización por daños y perjuicios.

4. RESERVA

Si somos los responsables de la obtención de permisos, especialmente para la exportación/traslado/importación de nuestra mercancía, nuestros suministros se encuentran bajo la reserva (cumplimiento del contrato) de que un permiso no está sometido a obstáculos debidos a normas nacionales o internacionales, especialmente disposiciones de control de exportación así como embargo u otras sanciones. El cliente tiene la obligación en este caso de aportarnos toda la información y los documentos necesarios para la exportación/traslado/importación. Si no se concede una autorización necesaria solicitada por nosotros, no se considera concluido el contrato en relación con el suministro afectado por esta circunstancia; quedan excluidos, por lo tanto, los derechos a indemnización por daños y perjuicios contra nosotros.

5. SUMINISTROS PARCIALES

Tenemos derecho a efectuar suministros parciales razonables.

6. ENVÍO Y CESIÓN DE RIESGOS

Para el envío elegimos la solución más segura y económica según nuestro parecer. El riesgo pasa al cliente tan pronto como entreguemos la mercancía a la empresa transportista o, en el caso de que se demore el envío sin tener nosotros la culpa, tan pronto como hayamos avisado al cliente de la disponibilidad para el envío, y ello también en el caso de que nos hayamos hecho cargo de otras prestaciones, como por ejemplo, los gastos de envío, el transporte y la instalación también mediante personal de transporte propio. Si el envío se demora debido a circunstancias de las que no somos responsables,
• almacenaremos la mercancía a cargo del cliente; en caso de almacenamiento en nuestro centro respectivo, calculamos mensualmente al menos el 0,5 % del importe de la factura del suministro almacenado,
• tenemos el derecho a rescindir el contrato, tras el establecimiento de una prolongación del plazo razonable y su transcurso sin éxito, o exigir daños y perjuicios en vez de la prestación,
• el cliente deberá hacerse cargo de los costes y los riesgos que se desprenden especialmente de instrucciones y tramitaciones de formalidades necesarias no puntuales y que le corresponden.

7. PRECIOS

Los precios se entienden a partir de nuestro almacén de entrega, excluyendo el embalaje, los portes, el seguro y el impuesto sobre el volumen de ventas vigente respectivamente. Se pueden llevar a cabo incrementos de precio razonables si se han incrementado sustancialmente los costes de material y trabajo que tiene por base el cálculo desde la aceptación del pedido.

8. PAGOS

Los pagos deberán efectuarse a nuestro centro de pago a los treinta días a partir de la fecha de la factura sin ningún descuento. Sólo se consideran como efectuados los pagos de los que podemos disponer libremente en el banco. Los cheques y las letras de cambios sólo las aceptamos para pagos; los descuentos y las dietas corren a cargo del cliente. Son pagaderos inmediatamente. En caso de una demora en el pago, cargaremos sin reclamación intereses por vencimiento de ocho puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico, pero como mínimo el 10 %. Si se dan dudas justificadas de la solvencia del cliente, como por ejemplo, forma de pago fluctuante, demora en el pago, protesto de un cheque o una letra de cambio, podemos exigir prestaciones de seguridad o pago en efectivo contra prestación en el acto. Si el cliente no cumple con esta petición dentro de un plazo razonable, podemos rescindir la parte del contrato de suministro que aún no se ha cumplido. El plazo es prescindible si el cliente no es claramente capaz de efectuar la prestación de seguridad, por ejemplo, si se ha solicitado la apertura de un procedimiento de insolvencia sobre los bienes del cliente. El cliente solamente podrá compensar nuestras peticiones con contrademandas indiscutibles o jurídicamente válidas. No tiene el derecho a retener o recortar el pago de importes de factura pagaderos en caso de reclamaciones refutables de la mercancía.

9. RESERVA DE PROPIEDAD

Nos reservamos el derecho de propiedad de la mercancía suministrada hasta que hayan entrado todos los pagos y abonos irrevocables en cuenta de los cheques y letras de cambio de la relación comercial con el cliente. Si existe una relación de cuenta corriente, la reserva de propiedad se extiende al saldo reconocido. El tratamiento y procesado de la mercancía de reserva por el cliente será llevado a cabo para nosotros sin que ello suponga ninguna obligación por nuestra parte. Si la mercancía se mezcla y se une con otras mercancías, adquiriremos la copropiedad de la mercancía nueva en la relación del valor de factura de la mercancía de reserva respecto al resto de materiales. El cliente está autorizado a vender nuevamente la mercancía de reserva sólo en el marco de operaciones comerciales regulares y no la puede empeñar ni cederla a título de garantía. El cliente nos deberá informar inmediatamente de posibles acciones contra la mercancía de reserva por parte de terceros. Los gastos derivados de la defensa de dichas acciones corren a cargo del cliente siempre que éstos no puedan ser recaudados de la tercera parte. El cliente deberá asegurar la mercancía de reserva contra pérdida y deterioro en la medida suficiente al valor de nuevo y haciéndose cargo de los costes. La póliza del seguro así como el comprobante del pago de las cuotas deberán presentarse a petición nuestra. El cliente nos cede los derechos sobre los contratos de seguros por adelantado. El cliente nos cede por adelantado como medida de seguridad sus derechos a reenajenación de la mercancía reservada en su volumen total. El cliente esta autorizado a recaudar él mismo los derechos que nos ha cedido. El derecho a la recaudación se extingue si el cliente recurre en demora de pago, si se ha solicitado una apertura del procedimiento de insolvencia o si ha suspendido los pagos. En estos casos, el cliente ya no podrá continuar procesando la mercancía. En los casos mencionados en el párrafo previo, el cliente tendrá que posibilitarnos el retorno de la mercancía de reserva, informarnos sobre los derechos cedidos y sus deudores, comunicarnos las cesiones de derechos de sus compradores y darnos toda la información y documentación necesaria para la recaudación del derecho. Estamos autorizados a revelar la cesión frente a sus clientes. La retirada de la mercancía de reserva no implica la rescisión del contrato. Si rescindimos nosotros el contrato, estamos autorizados a vender la mercancía en el mercado abierto. Si el valor de las garantías es superior a nuestros derechos en más del 10 %, autorizaremos garantías de nuestra elección si el cliente lo solicita.

10. DERECHOS SOBRE DOCUMENTOS Y CONFIDENCIALIDAD

Los derechos de propiedad y de bienes inmateriales de nuestros dibujos y otros documentos permanecen en todo caso en nuestro poder. No podrán ponerse al alcance de terceros.

11. RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS

Los defectos de la mercancía suministrada nos deberán ser comunicados inmediatamente por escrito, pero a más tardar ocho días después de la recepción de la mercancía y, en caso de defectos ocultos, a más tardar tres días después de descubrirlos. Si se sobrepasan estos plazos, se anulan todos los derechos y pretensiones que surgen de la responsabilidad por defectos. El plazo de prescripción es de doce meses a partir de la entrega de la mercancía. En caso de reclamaciones justificadas retocaremos la mercancía o la sustituiremos según nuestra elección. Si ello no se efectúa en un plazo razonable, si la entrega sustitutiva muestra defectos o si los retoques no son satisfactorios, el cliente, tras el transcurso infructuoso de una prolongación del plazo, podrá exigir una reducción del precio o – si el defecto no es de poca importancia – rescindir el contrato y exigir una indemnización en vez de la prestación conforme al punto 12. No nos haremos cargo de los gastos del cumplimiento posterior que se producen debido a que el objeto comprado se transportó tras la entrega a otro lugar distinto a la sede comercial del cliente. La violación de derechos de terceros sólo representa un defecto si estos derechos de protección residen en la República Federal de Alemania.

12. RESPONSABILIDAD GENERAL

Los derechos de indemnización – sin importar de qué tipo – contra nosotros quedan excluidos si nosotros, nuestros representantes legales o nuestros auxiliares ejecutivos hemos actuado con negligencia simple. Esta exoneración de responsabilidad no tiene validez en daños corporales, en la cesión de una garantía contractual, ni tampoco en una violación de obligaciones contractuales esenciales que pongan en riesgo el cumplimiento de la causa del contrato. En tales casos, nuestra responsabilidad, no obstante, está limitada a la extensión de la garantía o, en la infracción negligente simple de obligaciones contractuales sustanciales, a los daños contractuales típicos y previsibles. Los derechos según la ley de responsabilidad del producto quedan inalterados. A excepción de los derechos de la responsabilidad por defectos, según la ley de responsabilidad del producto y para una violación de la vida, el cuerpo o la salud, los derechos a indemnización prescriben un año después de que el cliente haya recibido notificación del daño y su obligación de reposición o si la hubiera tenido que recibir sin negligencia temeraria. Si el cliente anula el pedido sin motivo alguno o no cumple por su parte el contrato, podemos exigir un 25 % del total del pedido como indemnización. Ambas partes tienen el derecho a reclamar daños demostrables que se desvíen de esta suma.

13. LUGAR DE CUMPLIMIENTO, DETERMINACIÓN DEL DERECHO APLICABLE, JURISDICCIÓN

El lugar de cumplimiento para todas las prestaciones derivadas de los contratos de suministro es nuestra sede social. Se aplica el derecho alemán. El convenio de las Naciones Unidas sobre contratos relativos a la compra internacional de mercancías (CISG) queda excluido. La jurisdicción para todas las disputas derivadas de los contratos subyacentes es nuestra sede social. Sin embargo, también tenemos el derecho a demanda en la sede social del cliente. En caso de que algunas disposiciones de estas condiciones de suministro sean inválidas total o parcialmente, permanecen vigentes las demás disposiciones.